16 de diciembre de 2016

Pasos para instalar un punto de recarga

Pasos a seguir por un propietario de un vehículo eléctrico

Esquema de actuación:


  1. Presentar solicitud al Presidente/Administrador de la Comunidad de Propietarios del parking, manifestando dicho interés y detallando la plaza de aparcamiento en la que se quiere la instalación.
  2. En esta carta, si la obra comporta alteración de elementos comunes, se puede ofrecer la posibilidad de realizar la instalación eléctrica comunitaria necesaria para futuros puntos de recarga privados. El coste económico de la instalación comunitaria se repartirá entre los miembros de la Comunidad de Propietarios, y es el interesado en su punto de recarga privado, quien paga su tramo final de instalación, siendo a su cargo también el coste de la energía eléctrica de su vehículo.
  3. La Comunidad de Propietarios conforme al artículo 553-25 del Código Civil de Catalunya, debe aprobar o rechazar el acuerdo de instalación comunitaria, por mayoría simple.
  4. Si la Comunidad no lo autoriza, el propietario informará de su voluntad de realizar la instalación, aportando el proyecto técnico, con 30 días de antelación al inicio de la realización de la obra. Dentro de dicho plazo la Comunidad puede proponer una solución alternativa y razonable a sus intereses generales.
  5. Si transcurren dos meses sin que la instalación alternativa se haga efectiva, el propietario interesado podrá ejecutar la instalación que había proyectado inicialmente.

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